El camino que toda investigaciA n nos revela es apasionante. Pues cuando iniciamos el primer paso poco podemos aventurar el resultado final del mismo. AsA cuando iniciamos la pregunta de investigaciA n que nos condujo hasta aquA habA an sucedido ya mAºltiples trabajos que se ocupaban con mayor o menor profundidad de aspectos tales como la gobernanza, la transparencia, la administraciA n electrA nica, o la incorporaciA n de nuevas tA cnicas de control de la actuaciA n administrativa, en un derecho administrativo derivado de la crisis econA mica. Se habA an producido significativos avances respecto del examen de la nociA n de simplificaciA n administrativa, y en el A¡mbito de la protecciA n de los derechos que en el contexto de la sociedad- red acaban siendo objeto de especial vulnerabilidad, y en consecuencia requieren significativa atenciA n, (derecho a la informaciA n, a la intimidad, y a la garantA a de confidencialidad que lleva aparejada), y un rA gimen derecho a la protecciA n de datos complementario. Pero, nada puede ser entendido ni investigado ya en nuestro paA s sino lo es bajo el paraguas de la matriz del derecho comunitario. Matriz que conjuga un sistema Europeo y una legitimaciA n institucional, capaz de alterar las reglas internas de los mercados en aras de instrumentos financieros globales y de propuestas que deban integrarse de manera coherente en el ordenamiento jurA dico de cada paA s miembro de la UniA n. AsA , sucederA a respecto de la proyecciA n de KINSGBURY en el Derecho Administrativo Global que tan interesante resulta para explicar la necesidad de dar respuestas globales a problemas tambiA n globales. El CA digo Renual, de Derecho Administrativo y Procedimiento y las fallas de un sistema que se nutre de tA cnicas a veces insuficientes se han revelado especialmente notorias en el contexto de la crisis econA mica, social y por ende polA tica de los Aºltimos aA os en nuestro paA s. Ya no podemos sin mA¡s dejar relegado a un segundo plano el papel del ciudadano en la configuraciA n de las polA ticas pAºblicas. No es de recibo, instaurar mecanismos Aºnicos de A auctoritasA en contextos de globalizaciA n e intercomunicaciA n tales que soslayan con la fuerza de los hechos las premisas unilaterales del quien desea ostentar de manera unilateral el poder. La premisa Constitucional que abogaba por una soberanA a nacional residenciada en el pueblo, adquiere entonces una especial significaciA n, y se traduce en la implementaciA n de nuevas formas de participar y de expresar la voluntad de organizaciA n diferente a la que hasta ahora hemos podido aprehender. QuizA¡s, por ello, el letargo del jurista en dar respuesta a las dinA¡micas sociales, o hacerlo de manera sesgada, estA siendo el caldo de cultivo de la expresiA n de una nueva forma de economA a colaborativa. EconomA a que si bien debe - situarse aAºn en el contexto del artA culo 128 de la ConstituciA n, que sigue sometiendo toda la riqueza del paA s al interA s nacional, se ordena de forma auto-gestionada, implicando la participaciA n activa de quienes proveen servicios y quienes lo reciben. Pues bien, en este contexto, en una creciente literatura que pone en valor la necesidad del uso de dispositivos que contribuyan a la generaciA n de Big data, en aras de la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, y en el contexto de una creciente necesidad social, las polA ticas urbanas deben proponer nuevos paradigmas de gestiA n de los recursos pAºblicos.